Con fundamento en las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, le imparte su aprobación conforme a lo convenido, y administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: HOMOLOGA LA PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL AMISTOSA efectuada por los ciudadanos NELSON WILLIAM CALDERON y MONICA LORENA CIBADA AMARO, antes identificados, asistidos por la Abg. MARILYS L. MOLINA, en la forma por ellos convenida, de conformidad con el artículo 788 del Código de Procedimiento Civil, otorgándosele el efecto de Sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada, en fundamento a lo expresado en el artículo 256 y 263 ejusdem.
SEGUNDO: Este tribunal tiene como propietario del cien ciento (100%) del vehículo (ACTIVO 01) con las siguientes características: PLACA: IAR33D, MARCA: VOLKSWAGEN. SEREI.....