En consecuencia, este JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dejando a salvo los derechos de terceros, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO del ciudadano LEVINSON OSILIER COLINA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 24.787.026.
SEGUNDO: Se Ordena a los ciudadanos: Coordinador del Registro Civil del Municipio Miranda y Registrador Civil Principal del estado Falcón, rectificar y estampar la (s) nota (s) marginal (es) respectiva (s) en el Acta de Nacimiento Nº 853, inserta en el Libro de Registro Civil de Nacimientos de la Parroquia San Antonio del Municipio Miranda del estado Falcón del año 1995, respecto al nombre de la madre del solicitante en la forma siguiente: en donde fue identificada como BETTY YANEIDI COLINA ROJAS.....