Por las consideraciones anteriores, este Juzgado de Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la solicitud de DIVORCIO, presentada por la ciudadana MARIS NOHEMI EIZAGA DE FERRER, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.827.949, con domicilio en la Urbanización Monseñor Iturriza, C/04, Casa N° 23, Municipio Miranda del estado Falcón, debidamente asistida por la abogada ROXANNE PAOLA CAMPOS MORILLO, inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el Nº 261.448, en contra del ciudadano DOUGLAS NOEL FERRER AREVALO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.359.141, domiciliado en la Calle Rafael Alcocer, casa N° 05, Santa Ana de Coro, Municipio Miranda, estado Falcón, por ser contraria a derecho en los términos en que fue formulada, conforme al ar.....