Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
Primero: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO fundamentada en la sentencia Remedio o Sentencia solución, dictada por la Sala Constitucional de nuestro máximo Tribunal, de carácter vinculante, de fecha 2 de Junio de 2015, presentada por los ciudadanos: KATHLEEN DILIANA LEEN CASTILLO y NAUDY DOMINGOS DE BARROS QUERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades Nros V-18.607.809 y V-17.840.963, respectivamente; y por consiguiente, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído ante el (la) Registrador (a) Civil de la Parroquia San Antonio, Municipio Miranda del estado Falcón, en fecha 12/08/2015, mediante Acta Nº 249. Segundo: Déjese copia certificada de la presente decis.....