Con fundamento en las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
Primero: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO presentada por el ciudadano RONALD MIGUEL BLANCO MUSTIOLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.177.056; contra la ciudadana MARIELY CAROLINA PETIT GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.263.975; y por consiguiente, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído ante en fecha 11/07/2012, ante el Registro Civil de la Parroquia La Vela, Municipio Colina del estado Falcón, según consta en Acta Nº 70. Segundo: Déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo del Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. ASÍ.....