En consecuencia, este JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dejando a salvo los derechos de terceros, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO formulada por la ciudadana DORYS ALEYDA GONZALEZ DE LLAMOZAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.474.769.
SEGUNDO: Se Ordena a los ciudadanos: Coordinador del Registro Civil del Municipio Miranda y Registrador Civil Principal del estado Falcón, rectificar y estampar la (s) nota (s) marginal (es) respectiva (s) en el Acta de Nacimiento Nº 129, inserta en el Libro de Registro Civil de Nacimientos del Municipio Miranda del estado Falcón, correspondiente al año 1961, respecto al nombre de la solicitante en la forma siguiente: en donde fue identificada como DORYS ALEIDA, debe decir "DORYS.....