De un análisis efectuado al contenido del escrito de la presente solicitud se deduce que no determina el objeto, pertinencia y necesidad de la presente inspección, pues si bien es cierto que se trata de una inspección, siéndole obligatorio entonces a los solicitantes demostrar qué se procura con dicha prueba preconstituida, a los fines de que el Tribunal acuerde o no la pertinencia de la prueba (Sentencia Nº 021 de fecha 04/02/2010 del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón), simplemente opta el solicitante por transcribir los fundamentos legales de su pretensión.
En tal sentido, analizados los particulares a que se contrae la presente solicitud, en razón de los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado, por cuanto no se indica el objeto de la presente solicitud, razón por la cual se les concede un lapso de cinco (5) días de despacho siguientes al presente auto, para que subsane e ind.....