Por lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda la Entrega del Vehículo cuyas características son las siguientes: Marca Daihatsu, Modelo Terios Cool, Año 2.004; Placas FBD06R, Serial de Carrocería 8XAJ102G049501514, Serial del Motor 4 Cilindros, Tipo Sport Wagon, Color Azul; Clase Automóvil y Uso Particular, en Calidad de Guarda y Custodia, al ciudadano Gustavo Armando Bello Colina, arriba bien identificado, el cual estará en la obligación de presentarlo cuando le sea requerido, ya sea por ante este Tribunal o por la Fiscalia Segunda del Ministerio Público del Estado Falcón, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal