este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley de conformidad con los 43, 44. 1, 49.2 y 83 de la Constitución de la república Bolivariana de Venezuela, por estar vulnerable el derecho a la vida; DECRETA CON LUGAR lo requerido por la defensa a favor del imputado ALEXANDER RAMON SALAZAR TORREALBA, Venezolano, mayor de edad titular de la Cédula de Identidad 14.740.916, soltero, nacido en fecha 05-11-1978, profesión indefinida, domiciliado en la urbanización arboleda sector Santa Inés Calle Dámaso Almeida casa S/N de la ciudad de Maracay Estado Aragua, en forma provisional hasta su total recuperación, el cambio de sitio de reclusión por lo que ORDENA el traslado del referido ciudadano, una vez dado de alta en el HOSPITAL GENERAL DE ÉSTA CIUDAD, hasta la Urbanización La Cañada, Sector La Candelaria, Calle N° 8, Casa N° 01, color rosado, cerca del Ropero Escol.....