este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: Primero: Declara con lugar la solicitud Fiscal del Ministerio Público. Segundo: Se impone al imputado YONNY RAFAEL DUIN, venezolano, de 35 años de edad, soltero, de profesión u oficio mesonero, titular de la cédula de identidad Nº 17.102.167, nacido en Barquisimeto, Estado Lara, en fecha 26 Noviembre de 1973, hijo de Aída Rosa Duin, residenciado en Av. Sucre con calle la Paz, casa S/N cerca de un quiosco, Coro, Estado Falcón, teléfono 0424-6758830, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad establecida en el artículo 256.3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 87 ordinal 6to de la Ley Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, consistente en la obligación de presentarse ante este Tribunal cada 15 días y la prohibición expresa de agredir, acosar .....