Por todas las razones expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE: PRIMERO: Admite totalmente la Acusación Fiscal presentada contra el ciudadano JORGE LUIS CHIRINOS MEDINA; por la presunta comisión de los delitos ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 en concordancia con el articulo 82 del Código Penal, ACTOS LASCIVOS previsto y sancionado en el articulo 376 ultimo aparte del Código penal y LESIONES PERSONALES LEVES, previsto en el articulo 416 en concordancia con el articulo 88 del Código penal, en perjuicio de la ciudadana CARMEN AMELIA VENTURA MEDINA, por considerar que están llenos los requisitos exigidos en el artículo 308 (vigencia anticipada) del Código Orgánico Procesal Penal reformado, en consecuencia, se admiten las pruebas tanto documentales como testimoniales promovidas p.....