este Tribunal Penal de Primera Instancia, Estadales y Municipales en Funciones de Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: DECRETA EL ARCHIVO JUDICIAL DE LAS ACTUACIONES seguida en el presente asunto seguido contra el imputado: SAMUEL ACOSTA MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N V- 3.830.946, por la presunta comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el Articulo 462 del Código Penal. SEGUNDO: Se Acuerda EL CESE INMEDIATO DE TODA MEDIDA DE COERCIÓN PERSONAL, CAUTELAR O DE ASEGURAMENTO que pudiera haber sido acordada, para resguardar la sana conclusión del proceso.