este Tribunal Segundo de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE ADMITE PARCIALMENTE la acusación presentada por la Fiscalía Décima del Ministerio Público, conforme al artículo 330 numeral 2° en concordancia con el artículo 326 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, SE ORDENA LA APERTURA A JUICIO del acusado GUSTAVO ENRIQUE RIERA ROJAS, ampliamente identificado en autos. SEGUNDO: SE ACOGE LA CALIFICACION JURIDICA dada a los hechos por la Fiscalía, esto es, por el delito de VIOLENCIA SEXUAL previsto y sancionado n el último aparte del artículo 43 ejusdem y en relación con la AGRAVANTE GENERICA contemplada en el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio de la adolescente WILMELY GUADALUPE QUERO PEROZO. TERCERO: SE ADMITEN las pruebas ofrecidas por la Fiscalía en su escrito de acusación, CON EXCEPCIÓ.....