Este Tribunal Penal de Primera Instancia, Estadales y Municipales en Funciones de Segundo de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida contra el ciudadano RICARDO ADOLFO VILLASMIL LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.459.987, por el Delito HURTO GENÉRICO, previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal, en perjuicio del Supermercado HIPERMERCADO LHAU, y declara EXTINGUIDA LA ACCION PENAL, todo de conformidad con los artículos 41, 49 numeral 6º y 300 numeral 3ero., todos del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia este Tribunal ordena oficiar a la Oficina de la Sala Situacional del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sistema de Información Policial (SIIPOL) de la Ciudad de Caracas, a los fines de la exclusión de pantalla del ciudadano RICARDO ADOLFO VILLASMIL LÓPEZ (plenamente identificado.....