Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Decreta sin lugar la solicitud de Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad de los ciudadanos: Jimmy Javier Méndez, José Gregorio Medina, Jean Carlos Colina, Reinaldo Javier Vera Montero, Jasmil José Méndez, Beatriz Juana Méndez y Lorena Josefina Méndez, arriba bien identificados, y se ordena su inmediata libertad plena. Líbrese la respectiva Boleta de Libertad, quedando notificadas las partes de la presente Decisión. Remítanse con Oficio las presentes actuaciones a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público del Estado Falcón en su debida oportunidad. Cúmplase.
El Juez Tercero de Control
Abg. Hely Saúl Oberto Reyes
La Secretaria de Sala
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