este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SE REVISA LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, previa solicitud interpuesta por el ciudadano EURO GUILLERMO COLINA LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, N° V.-16.349594, Abogado en ejercicio, inscrito en EL INPREAROGADO bajo el número 155.772, ambos con Procesal en la Calle Falcón C. C Paseo San Migye1 piso 01 oficina 07 Edificio Banco del Tesoro Escritorio Jurídico San Juan Bosco en Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, actuando como Defensor Puyado del IMPUTADO ALDRIN JAVIER ROSENDO LEON, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Número V.- 20.797.119, identificado en a causa, a quien se le asignó el asunto Nº IPO1P2O17005730, conforme al artículo 250 del Decreto con R.....