Por los fundamentos expuestos este Juzgado TERCERO de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Sobreseimiento interpuesta en el presente asunto, por la Fiscal PRIMERA del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio DRA. LUCY FERNANDEZ VILLALOBOS, en conformidad con lo dispuesto en el numeral 3° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, instruido en virtud de la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el numeral 1° del Artículo 455 del Código Penal Venezolano, perpetrado en perjuicio de la ciudadana GRISKA DEL VALLE LEON D ANTONACCIA.-
Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes de la presente decisión.
El Juez
Abg. Nestor Luís Castellano Molero
La Secretaria,
Abg. Karina Gonzalez Montenegro