Este Tribunal Tercero de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, emite los siguientes pronunciamientos:, declara: PRIMERO.- NO ACEPTA LA COMPETENCIA para conocer la acción dehabeas data, interpuesta por el ciudadano WILMEN RANION MORILLO MORILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N. V-1 1.479.841, con el objeto de que se desincorpore la orden de captura que aparece en el en el Sistema de Información Policial del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas. SEGUNDO.- Acuerda que el Tribunal COMPETENTE para conocimiento de la causa es uno de los Juzgados de Municipio en donde se encuentre la sede de la Sub.- delegación de Coro, Estado Falcón, del Cuerpo de Investigaciones Científicas.