éste Juzgado, de conformidad con lo establecido al Articulo 119 de la Ley sobre el Consumo y el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas Autoriza a Fiscal Séptimo del Ministerio Público, para la destrucción de la Sustancia incautada en la investigación Fiscal, identificada con el número 11F-7-011-10, por cuanto la misma no Posee Fines Terapéuticos, y se ordena oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas solicitando la designación de expertos a efectos de proceder a la destrucción de la sustancia. Todo de conformidad con el Articulo 119 la Ley sobre el Consumo y el Trafico Ilícito de Sustancias estupefacientes. Remítase la presente solicitud a la Oficina del Fiscal del Ministerio Publico, a los efectos legales consiguientes.-