Por lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley considera procedente lo solicitado por la Defensa y Revisa la medida Cautelar Sustitutiva impuesta a JESUS MARIA RODRIGUEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.105.593, 54 años de edad, domiciliado en residenciado en el caserío El Tigre, Municipio, Municipio Democracia del Estado Falcón, y acuerda ampliar la presentación a cada Dos (2) meses a partir de la presente fecha por ante la Prefectura de Purureche, Municipio Democracia del Estado Falcón, y a tal efecto cesan las presentaciones por ante la Fiscalía Tercera del Ministerio Público y por ante la Defensoría Pública Cuarta. Notifíquese a las partes, al Imputado e infórmese por medio de Oficio a la Prefectura Purureche, Municipio Democracia del Estado Falcón. Cúmplase.
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