Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud Fiscal.- SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud de la Defensa y decreta LA NULIDAD de las actuaciones.- TERCERO: DECRETA LA LIBERTAD PLENA de la Imputada Eva Holanda Antequera de González, venezolana de 68 años de edad, estado civil: Casada, profesión u oficio: domestica, nacida en Taratara, en fecha: 09-05-37 cédula de identidad N°: 5.286.343, residenciada en Las Retamas, intercomunal Coro, La vela, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 44 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. Se ordena que la presente investigación se siga tramitando por las directrices procesales atinentes al Procedimiento Ordinario. Remítase la causa a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público en la oportunidad correspondiente.- Notifíquese a las pa.....