este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley decreta: PRIMERO: SE SUSPENDE EL PROCESO en la presente causa seguida en contra de las Ciudadanas FLOR MARÌA MORLES ZARRAGA, Venezolana, titular de la Cédula de identidad N° 15.917.387, de 28 años de edad, residenciada en Urbanización Cruz Verde, calle 9, Vereda 10 casa Nº 4, Coro, estado Falcón y a la ciudadana MARIELYS DEL CARMEN GUTIERREZ DE GAMEZ, Venezolana, titular de la cédula de identidad N° 19.927.428, de 22 años de edad, residenciada en la urbanización Cruz Verde, calle 9, vereda 20 casa Nº 4, Coro, estado Falcón, por la comisión del Delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal hasta el cabal cumplimiento de la obligación impuesta por el lapso de SEIS (06) MESES y QUINCE (15) DIAS contados a partir de la fecha correspondiente a la audiencia preliminar, con la advertencia a.....