¿El Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal en la persona del ABG. KERVI VILLALOVOS, decreto a su defendido la suspensión condicional del proceso de conformidad con lo establecido en el Articulo 42 del Código Orgánico Procesal Penal; imponiéndole a su defendido las condiciones de conformidad con el Articulo 44 ejusdem de las establecida en el 2º, 3º, 5º, 8º y 9 cumpliéndola hasta la presente fecha.¿
Analizada como asido la solicitud y la referida causa, Observa esta jugadora que en fecha 27 de Mayo de 2003, se llevo acabo la Audiencia preliminar por ante este Tribunal, a cargo del ABG. OSCAR GOMEZ, donde el ciudadano JOSE LUIS HERNANDEZ Admitió los Hecho de acuerdo al Procedimiento Especial conformé a lo pautado en el Articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal.
De la misma forma se observa que hasta la presente fecha solamente han trascurrido 21 meses de las condiciones acordadas y del mismo modo , se observa que las condiciones establecidas se cumpl.....