Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, existiendo un hecho Punible que merece pena corporal, cuya acción Penal no se encuentra evidentemente prescrita, que existen elementos de Convicción para estimar que el Imputado es el autor del mismo, RESUELVE: PRIMERO: Declara con lugar la solicitud Fiscal del Ministerio Público. SEGUNDO: Impone al ESTEBAN ELIAS GUTIERREZ HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad 7485793, nacido en fecha 10/10/1955, domiciliado en la Urb. Cruz Verde, Sector 4, Vereda 35, Casa N° 10, Calle 09, Estado Falcón de la Medida Cautelar Sustitutiva de libertad, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 39 numeral 5° de la Ley sobre la Violencia contra la mujer y la familia, consistente en la prohibición de acercarse a la víctima en su lugar de trabajo y en su lugar de Habitación y de C.....