Por todos los argumentos y consideraciones explanadas, este Juzgado TERCERO de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Medidas Cautelar impetrada por el Ministerio Público por órgano de la Fiscalía Séptima, a cargo del ABG. MARIO MOLERO, en contra de el ciudadano ALEXANDER RAFAEL GONZALEZ CHIRINOS venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nro 13.902.133, domiciliado en el barrio curazaito, calle el sol, casa Nro 50 de esta Ciudad de Coro, Estado Falcón, de las establecidas en el Artículo 256 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. en que consiste en la presentación periódica de 30 días ante la oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal de esta ciudad de Santa Ana Coro, Estado Falcón. a partir de la presente fecha, de igual forma dándole cumplimi.....