este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta PRIMERO: Se decreta CON LUGAR la solicitud fiscal, y consecuencia se decreta la MEDIDA JUDICIAL DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD de conformidad con los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal al ciudadano JOSE MANUEL PERNALETE MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17351639, de 34 años de edad, fecha de nacimiento: 02-11-1982, oficio: obrero, residenciado en Sector el Callejón Sucre con Callejon Mara y Libertad, Barrio Las Panelas, casa numero 2. de Coro, municipio Miranda del estado Falcón, por la presunta comisión del delito de ROBO GENÉRICO previsto y sancionado en al articulo 456 del Código Penal SEGUNDO: Se decreta SIN LUGAR la solicitud de libertad de la defensa, por considerar llenos los extremos de ley para la .....