Por todo los fundamentos ante expuestos este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley Declara: LA ENTREGA DE VEHICULO, al ciudadano; LAUREANO ESPINOZA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 05.298.670; debidamente asistido por el abogado en ejercicio, ALBERTO CASTILLO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de prevención social de Abogado 55.863, Con las siguientes características: BUSETA DE 20 PASAJEROS, IVECO, PLACA: AD4287, Color: blanco y multicolor, SERIAL CARROCERÍA: 93ZC3570128307545. SERIAL DE MOTOR: 3564751."
Con base en esta garantía y la disposición contenida en el articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal; asimismo debe comparecer ante este Tribunal a los fine de firmar, Acta de compromiso en donde asumirá la obligación de presentarlo ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Publico las veces que se requiera y la prohibición de véndelo, traspasarla o cederlo, Notifíquese a l.....