Por todas las razones expuestas este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: Primero: Se admite parcialmente la Acusación interpuesta por el Ministerio Público en contra de los imputados, Frank Roberto García y José Gutiérrez Arias, antes plenamente identificados, por la presunta comisión del delito de Resistencia a la Autoridad, Ocultamiento de Armas de Fuego y Aprovechamiento de Objetos provenientes del Delito, previstos y sancionados en los artículos 218, 277 y 470 del Código Penal, por considerar este Tribunal que llena los requisitos establecidos en el artículo 326 de la Ley adjetiva penal. Segundo: Se admiten y se declaran pertinentes, lícitas y necesarias todas las pruebas testimoniales siguientes: 1) Declaración de los funcionarios policiales Victor Morales, Ernesto Cambero, Jorge Rodríguez, Edgard Siv.....