Por todo lo antes expuesto este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Coro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta al imputado WILLIANS JOSE BARRIOS ESTRADA, antes identificado, una Medida CAUTELAR, establecida en el ordinal tercero del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en la presentación por ante el Alguacilazgo del Circuito Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo cada Cuarenta y Cinco (45) días, a partir de la presente fecha, por la presunta comisión del Delito de Porte Ilícito de Armas de Fuego, previsto en el artículo 277 del Código Penal. Se ordena la tramitación de la presente causa por el procedimiento ordinario, remítase las presentes actuaciones en su oportunidad legal a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público. Se hace constar que quedaron Notificadas las partes en sala de la publicación de la presente decisión. Cúmplase.
El Juez Cuarto de Co.....