En virtud de todas las consideraciones que anteceden, este Juzgado Cuarto en Funciones de Control administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de modificación de la medida impuesta a los acusados JOSE FRANCISCO JORDAN y NERIO FARIA LOPEZ, y en consecuencia aumenta la periodicidad de la medida de presentación a treinta (30) días, ante la oficina de alguacilazgo de este circuito. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Cúmplase.