este Tribunal Cuarto de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, emite los siguientes pronunciamientos: ÚNICO: De conformidad con los artículos 190 y 191, del Código Orgánico Procesal Penal, decreta la Nulidad Absoluta de la acusación Fiscal presentada por el Ministerio Público en contra del ciudadano JORGE ELIAS DIKDAN JAUA, titular de la cedula de Identidad N° 4.069.812, de profesión Médico, domiciliado en la AV 3F entre calle 66 Y 67 sector Bellas Artes, Maracaibo, estado Zulia, por la comisión del delito de Ocultamiento Ilícito de Arma de Fuego, y decreta conforme al artículo 20 eiusdem, el Sobreseimiento provisional de la causa, ello por las razones explanadas en la parte motiva de la decisión judicial.