este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Decreta: PRIMERO: Se decreta SIN LUGAR la solicitud fiscal y en consecuencia se decreta la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES de conformidad con los artÍculos 8, 9 y 229 del Decreto con Rango, valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con el 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela a las ciudadanas LIDIA FLORES TARAZON (NPCDI), EGLIMAR CAROLINA GAMARRO DELGADO titular de la cédula de identidad Nº V-25.370.878 Y EDDIMAR JOSEFINA GAMARRO titular de la cédula de identidad Nº V-25.370.878 por la presunta comisión del delito RIÑA previsto y sancionado en el Artículo 425 del Código Penal Venezolano, por cuanto no se encuentran satisfechos los requisitos previstos en el articulo 236 del COPP. SEGUNDO: Se decreta la aplicación del procedimiento por delitos menos graves. TERCERO: Líbrese BOLETA DE LIBERTAD a las.....