Este Tribunal Cuarto de Control de la Circunscripción judicial Penal del estado Falcón, con se de en Coro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DESESTIMA la acusación presentada por el Ministerio Público contra los imputados CARLOS JUNIOR COLINA Y MARIBEL JOSEFINA DELGADO por la presunta comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÒN AGRAVADA, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, por cuanto, se declara con lugar la excepción opuesta por los Defensores Privados establecidas en el artículo 28, numeral 4, literal "i" del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, DECRETA el SOBRESEIMIENTO con carácter Provisional de conformidad con el artículo 20 numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que la acusación penal tiene defectos en su promoción en lo atinente al control material al que se encuentra sometida, conforme a la atribuciones jurisdi.....