Tribunal 4º de Primera Instancia Penal en función de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, declara INADMISIBLE POR INFUNDADA la solicitud de examen y revisión de medida planteada por el abogado José Luís Rivero, en su condición de Defensor Público Penal, actuando en defensa y representación del imputado Colina Delgado Carlos Junior, a quien se le sigue proceso judicial por el delito de Distribución Agravada de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 149, segundo aparte, de la Ley Orgánica de Drogas.