este Tribunal Cuarto Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Se admite TOTALMENTE la acusación interpuesta por la Fiscalía Décima del Ministerio Público contra la ciudadana YEINNY YAMILKA DORANTE DORANTE, por el delito de LESIONES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 413, del Código Penal, con la circunstancia agravante del articulo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio del R.P.V.J. (IDENTIDAD OMITIDA). SEGUNDO: Se ADMITEN todas por legales, lícitas, pertinentes y necesarias todas las pruebas ofrecidas por la Fiscalía Décima del Ministerio Público tanto testimoniales como documentales por cumplir los requisitos establecidos en el artículo 308 del COPP. Se acoge el principio de la Comunidad de la prueba invocado por la defensa.....