Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: 1.-) SIN LUGAR la solicitud interpuesta el Fiscal Segundo (A) del Ministerio Público del Estado Falcón, mediante la cual pone a disposición de este despacho a los ciudadanos WILLIANS OBERTO Y WINDER OBERTO, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal en perjuicio del ciudadano RAFAEL YEDRA. 2.-) CON LUGAR la solicitud de la defensa y decreta LA LIBERTAD PLENA de los ciudadanos WILLIANS OBERTO Y WINDER OBERTO, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 44 ordinal 1° de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela y Artículos 8, 9 y 243 del Código Orgánico Procesal Penal; y 3.-) Se ordena que la presente investigación se siga tramitando por.....