Por todos los razonamientos antes expuesto este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: NIEGA LA SOLICITUD REVOCATORIA interpuesta por el Abogado FRDDY FRANCO, en su condición de Fiscal Décimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, contra de del ciudadano FRANCISCO RAMÓN FLORES GONZALEZ, Venezolano, de 27 años de edad, titular de la cedula de identidad 14.647.169, domiciliado en la Avenida Jacinto Lara con calle Ayacucho casa s/n, Punto Fijo, Estado Falcón por la presunta comisión de los delitos de VIOLACION EN GRADO DE FRUSTACIÓN previsto y sancionado en 375 del Código Penal vigente para la época en que ocurrieron los hechos, en concordancia con los artículos 80 y 82 eiudem, con la circunstancia agravante establecida en el articulo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.....