Por las razones de hecho y de derecho, antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Facón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, niega la sustitución de la medida judicial preventiva de privación de libertad solicitada por la imputada LEDRYS TIBISAY SÁNCHEZ, titular de la cédula de Identidad N ° 11.335.805, natural de Monagas, edad 34años, soltera, de profesión manicurista, dirección de habitación en Residencias Las Clavellinas, Piso 02, apartamento 02-03, las Mercedes, Caracas, actualmente recluida en el internado Judicial de Coro, imputada en la causa signada con números y letras IP01-P-2005-006950, por la presunta comisión de los delitos de: ESTAFA, USO DE DOCUMENTO PÚBLICO, USO DE DOCUMENTO PRIVADO, AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 462 numeral 1ero en conco.....