este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón ubicado en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE, para conocer de la presente causa seguida al ciudadano: JUAN CARLOS ROMERO, antes identificado, por razones de territorio, y SE DECLINA LA COMPETENCIA al Tribunal Quinto de Control del Estado Zulia, según solicitud o requerimiento según Exp. SC-4572-06 de fecha 04/06/2007 por el delito de HURTO, previsto y sancionado en el Código Penal y ordena la remisión de las presentes actuaciones, para lo que se acuerda oficiar a la División de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, para que se practique con la urgencia del caso el traslado del mencionado ciudadano a la ciudad de Maracaibo Estado Zulia, ordenándose que el procesado permanezca en esa sede hasta que la referida Divi.....