Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto del Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve: PRIMERO: Admite la Acusación interpuesta por la Fiscalía Tercera de Ministerio Público del Estado Falcón en contra del ciudadano ALIRIO ANTONIO JIMENEZ JIMENEZ, en perjuicio de NIXON JOSÉ QUIÑONEZ RUIZ. SEGUNDO: Admite las pruebas Testimoniales y documentales ofrecidas por la representación fiscal, por considerarlas el Tribunal útiles, necesarias y pertinentes así mismo se admite la solicitud de la defensa de acogerse al principio de la comunidad de la prueba. TERCERO: Se condena a DOS (02) años de prIsión, al ciudadano: ALIRIO ANTONIO JIMENEZ, venezolano, nacido en fecha 24-02-70, de 35 años de edad, de profesión indefinida, titular de la cédula de identidad N ° V- 11.799.226,residenciado en el Barrio La Florida, Calle Nueva, Casa N ° 1 de ésta Ciudad, , por el delito de HURTO CALIFICADO .....