Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley DECLARA: DESESTIMACION DE LA CAUSA IP01-P-2006000186 en la investigación, seguida en contra del ciudadano: RAUL BARBERA, titular de la cédula de identidad V- 3.358.297, propietario del Fundo los abuelos ubicado en el Municipio Guillermo Guzmán, en el presente asunto, solicitada por la Fiscal Primera del Ministerio Público, ya que de los hechos que conforman la presente causa se desprenden que los mismos no revisten carácter penal, por no constituir el caso un delito, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal y 1° del Código Penal, notifíquese a las partes y remítase las actuaciones al Ministerio Público en su oportunidad legal. Así se decide. Cúmplase.
LA JUEZ CUARTO DE CONTROL
ABG. RAIZA MAVAREZ DE ACOSTA
ABG. CARYSBEL BARRIENTOS
LA SECRE