Por lo antes expuesto este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley considera procedente lo solicitado por la Defensa en lo referente a la Revisión de la Medida y le Decreta a los Imputados RAFÁEL SEGUNDO VILLA GUTÍERREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 17.520.328, Ganadero, de 18 años de edad, hijo de Rafael Villa y Margarita Gutiérrez, domiciliado en Sector Panamá, calle Federación, casa s/n, a dos (02) cuadras de la Escuela La Encrucijada, Dabajuro, Estado-Falcón, y ALEXANDER RAFÁEL GUTÍERREZ ORIA, venezolano, de 30 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.586.334, Asistente de Farmacia, hijo de Antonio Maria Gutiérrez Díaz y Martha Aurora de Gutiérrez y domiciliado en la Calle Comercio, casa s/n, al lado de la antigua CANTV, Dabajuro, Estado Falcón, una medida menos gravosa consistente en la de.....