Este Tribunal Quinto Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, DECRETA: PRIMERO: Al ciudadano YOFRAN MANUEL CALLEJA RAMIREZ por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto en el articulo 458 del Código Penal, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 111 de la Ley de Desarme, para el ciudadano YOFRAN MANUEL CALLEJA RAMIREZ, MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con los artículos 236, 237 y 238 del Decreto con Rango, valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal COPP, fijando como sitio de reclusión la sede de la COMUNIDAD PENITENCIARIA.