este Juzgado Quinto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que confiere la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud interpuesta por el Abogado FELIX CABRERA, Defensor del ciudadano GUSTAVO HUMBERTO LUGO LUGO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-18.769.640, y en consecuencia se mantiene las Medidas de Privación Judicial Preventiva de Libertad dictada en fecha 31 de mayo de 2010