Este Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Se le admite totalmente la Acusación interpuesta por el Ministerio Público en contra de Eliécer José Rosales Faneite, titular de la cedula de identidad: 21.360.208, por el delito de de CAZA Y DESTRUCCION DE AREAS ESPECIALES Y ECOSISTEMA NATURALES, previsto y sancionado en el articulo 59 de la ley penal del ambiente y cuya victima es la colectividad en concordancia con el articulo 8 ejusdem y según lo preceptuado en los artículos 2,8,9,10,47,53,87 de la Ley de protección de la Fauna silvestre conjuntamente con la resolución 109 de fecha 07 de noviembre de 2002 emitida por el Ministerio del ambiente y recursos naturales, por considerar este Tribunal que llena los requisitos establecidos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se admiten y se declaran útiles, pertinentes y necesaria.....