En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Quinto Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, DECRETA: PRIMERO: Se decreta CON LUGAR la solicitud fiscal, y consecuencia se decreta la MEDIDA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con los artículos 236, 237 y 238 del CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL en contra de EDWIN JOSE YANEZ HERNANDEZ por delito de ROBO GENERICO EN GRADO DE FRUSTRACION, delito previsto y sancionado en el artículo 455 en concordancia con el articulo 80 ambos del CÓDIGO PENAL VENEZOLANO y LESIONES GENERICAS delito previsto y sancionado en el articulo 413 del CODIGO PENAL VENEZOLANO. SEGUNDO: Se ordena como sitio de reclusión la Comunidad Penitenciaria De Coro. TERCERO: Se ordena proseguir conforme el procedimiento ordinario. Se decreta la flagrancia. Líbrese la correspondiente boleta de encar.....