este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control, Decreta: PRIMERO: Con Lugar la solicitud fiscal en consecuencia la imposición de la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado JOSE MANUEL RAMOS MARTINEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V.-21.114.941, por la presunta comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en la modalidad de Ocultación Agravada, previsto y sancionado en el segundo aparte del articulo 149, en concordancia con el articulo 163 numeral 7, de la Ley Orgánica de Drogas, la cual será cumplida en el Internado Judicial de esta ciudad de Coro Estado Falcón. SEGUNDO: Se declara sin lugar la solicitud de la defensa de aplicación de medida cautelar menos gravosa para su defendido. TERCERO: Se acuerda seguir la presente causa por las reglas del procedimiento ordinario según lo pautado en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: se acuerda expedir .....