Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL. SEGUNDO: Verificada la flagrancia. TERCERO: Se acuerda LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, al ciudadano NEIRO ANTONIO GUERRERO ROJA titular de la cédula de identidad personal número V.– 10.808.806, de 44 años de edad, Venezolano, nacido en fecha 02-05-1968 domiciliado en Calle Libertad, casa Nro 130 de color rosada frente a Artelum Telef. 0414-664-3217, por la presunta comisión del delito de HURTO SIMPEL, en perjuicio del ciudadano Gabriel Jiménez, por un lapso de SEIS (6) MESES y le impone de conformidad a lo establecido en el articulo 359 Código Orgánico Procesal Penal, las siguientes condiciones: 1) PRESENTARSE CADA 15 DIAS POR ANTE ESTE TRIB.....