Este Tribunal Quinto Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de entrega EN GUARDA Y CUSTODIA de un VEHICULO, MARCA CHEVROLET, MODELO MALIBU, AÑO 1979, COLOR BLANCO, CALASE AUTOMOVIL, TIPO SEDAN, PLACA AF793UV, SERIAL DE CARROCERIA 1T19MJV215826, SERIAL DE MOTOR DTSF547, interpuesta por VICTOR JOSE QUIVA SIVIRA, venezolano, Domiciliado en Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón, titular de la cédula de identidad Nº V-15.311.082, en los términos expuestos en el presente fallo, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 13 y 311 del Código Orgánico Procesal Penal.