este Tribunal Segundo de Primera Instancia con Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, actuando de Manera Unipersonal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano: JASLEY JESÚS COLINA GARCÍA, Venezolano, de 24 años de edad, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad N° 25.925.112, natural y residenciado en la Urbanización Cruz Verde, calle 19, sector 07, casa N° 01, de esta ciudad de Santa Ana de Coro. Estado Falcón. Actualmente recluido en el Internado Judicial de Coro. Por el delito de Robo a Mano Armada, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, a cumplir la pena de Nueve (09) años de prisión. Pena esta que terminará de cumplir conforme a las precisiones que estime procedente el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Ejecución, que por Distribución corresponda conocer del presente Asunto; Asimismo se condena a las penas accesorias previstas en el Artículo 16 del .....